El Foro: “Impactos socio-ambientales de las
plantaciones del Grupo Palmas en comunidades colindantes de los Valles del Huallaga,
Shanusi y Cainarachi”, desarrollado en la ciudad de Yurimaguas, el día 26
de Junio de 2018, con ocasión del “Día Internacional de la Preservación
de los Bosques Tropicales”, desarrollado por 14 comunidades afectadas por las plantaciones sobre todo de palma aceitera porque también siembran cacao, ha dejado al descubierto la gran mentira de los gobiernos y empresarios sobre sus propuestas de desarrollo. Son 14 comunidades que les duele los daños ocasionados, por una empresa que diríamos es bien engreida del Estado.
La evidencia de estas preferencias está en:
1. El Ministerio de Agricultura, hace más de 10 años, adjudicó extensas áreas de bosques primarios en territorios de comunidades:
- el 26/07/2006 a la empresa Agroexportadora Shanusi hoy Palmas del Shanusi S.A., la extensión de 7029.28 Has., a un costo de 124.728,29 Nuevos Soles (equivalente a 17,74 Nuevos Soles por hectárea);
- el 20/03/2007 a la Empresa Agrícola del Caynarachi hoy Palmas del Oriente S.A. la extensión de 3000 Has., a un costo de 450.000,00 Nuevos Soles (equivalente a 150,00 Nuevos Soles por hectárea); para la siembra de palma aceitera, como una supuesta alternativa importante de desarrollo para las comunidades y las regiones de Loreto y San Martín. Ningún campesino, en esas fechas ni ahora pagan suma tan irrisoria por hectárea.
2. Las áreas adjudicadas a la empresa eran bosques primarios en casi su totalidad, y eran Bosques de Producción Permanente, que los redimensionaron aduciendo "Superposición con comunidades nativas y otros derechos de terceros; áreas deforestadas, pantanos y aguajales", tal como lo dice la Resolución Jefatural Nº 136-2006-INRENA. A esto la Contraloría General de la República en su Reporte N° 06-2015-CG/EST, dice:
"... los redimensionamientos se han llevado a cabo tomando en cuenta la actualización de la base cartográfica de las comunidades nativas y campesinas, áreas naturales protegidas u otros derechos de terceros (propiedad privada).
En ningún caso se han redimensionado los bosques de producción permanente para la adjudicación a empresas privadas con la finalidad de establecer cultivos de palma aceitera, toda vez que realizar un redimensionamiento para facilitar la instalación de un cultivo agroindustrial sobre un bosque clasificado como BPP dispuesto para el manejo forestal sostenible, implica superponer dos usos de la tierra que se contraponen".
3. Las adjudicaciones han sido contrarias a la ley,
porque el DECRETO SUPREMO No. 015-2000-AG, que declara de
INTERÉS NACIONAL LA INSTALACIÓN DE PLANTACIONES DE PALMA ACEITERA, precisa en
el Artículo 1º.- “Declárese de interés
nacional la instalación de plantaciones de palma aceitera para promover el desarrollo sostenible y
socioeconómico de la región
amazónica y contribuir a la
recuperación de suelos deforestados por la agricultura migratoria y por el
desarrollo de actividades ilícitas, en áreas con capacidad de uso mayor para el
establecimiento de plantaciones de esta especie”.
En este caso, los suelos adjudicados, casi en tu totalidad
no eran suelos deforestados. Eran bosques primarios, aguajales, humedales, lugar
de nacientes de agua.
4. Las empresas Palmas del Oriente y Palmas del
Shanusi han lucrado con la tierra y la madera; se han permitido desviar, drenar
y descolmatar quebradas, al punto que muchas ya no tienen agua; desaparecer
cuerpos de agua –cochas como por ejemplo la famosa Cocha Muerta y cientos de
hectáreas de aguajales como lo ocurrido en las comunidades de Jorge Chávez y
San Pedro de Mayrujay,; han contaminado el agua al punto que han desaparecido
los peces que abastecían de alimento a las familias, y pueden usar el agua de
la quebrada para sus necesidades básicas, caso Yanayacu, Cotoyacu, Yurac,
Cunchizapa. Y, cuando se hace las inspecciones, los exámenes de laboratorio
dicen que no está contaminada. Han destruido pequeños cerros de bosques de
donde nacía el agua y han hecho que el agua cada vez sea más escasa en las comunidades.
6. El Ministerio de Agricultura y sus Direcciones Regionales de Agricultura, el Ex Inrena hoy Autoridad Regional Ambiental, la Autoridad Local del Agua, DIGESA, los entes encargados de administrar justicia –Ministerio Público y Poder Judicial, han destacado por su actitud de favorecer casi siempre a la empresa. En la experiencia de la gente, todas las denuncias, quejas quedan en los despachos, con resoluciones que siempre favorecen a la empresa. Las las comunidades sienten el abandono de sus autoridades a una situación que ellas no buscaron, sino que les obligaron a vivir.
La preparación y la participación en el Foro, ha motivado a las autoridades, dirigentes y comuneros a ser más empeñosos e intransigentes en sus reclamos a los derechos que asiste a todo ciudadano peruano,DERECHO A UN AMBIENTE SANO, el DERECHO AL AGUA, EL DERECHO A UNA VIDA DIGNA.
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